ORDEN de 18 de noviembre de 1948 por la que se reconoce a la mujer el
derecho a tomar parte en las oposiciones a Registradores de la Propiedad. (BOE
330, 25 de noviembre de 1948).
Ilmo. Sr.: En la legislación en vigor
hasta el año 1946, no existía precepto alguno que impidiera el ingreso de la
mujer en el Cuerpo de Registradores de la Propiedad, mas al establecerse en la
actualmente vigente como condición para pertenecer a aquél la de ser varón, no
puede desconocerse la innegables perjuicios que se han ocasionado a quienes
iniciaron la Carrera de Derecho e incluso comenzaron su preparación de
oposición durante la vigencia de la anterior legislación, originándose así una
razonable expectativa de derechos que es preciso reconocer.
Por ello, razones de equidad
aconsejan arbitrar una fórmula que, con carácter transitorio, resuelva dicha
situación, permitiendo a la mujer tomar parte en las oposiciones a Registros,
siguiendo en ello el precedente establecido por el Reglamento Notarial de 2 de
junio de 1944, para solucionar análogo problema.
En su virtud, el Ministerio de
Justicia ha tenido a bien disponer:
Primero.- Reconocer a las mujeres que
con anterioridad al primero de enero de 1945 tuvieron aprobadas dos o más
asignaturas de la Facultad de Derecho y que reúnan las demás condiciones
exigidas en la legislación vigente, el derecho a tomar parte en las oposiciones
al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad.
Segundo.- Ampliar, en consecuencia,
la convocatoria de oposición acordada por Orden de 23 de octubre último (BOE de
31 del mismo mes) en el sentido indicado, entendiéndose prorrogado el plazo de
admisión de instancias por treinta días naturales, a partir de su publicación
en dicho periódico oficial de la presente Orden, para que los aspirantes
femeninos puedan formular sus solicitudes para tomar parte en dichas
oposiciones.
Lo que digo a V.I. para su
conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V.I. muchos años.
Madrid, 18 de noviembre de 1948.
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