viernes, 24 de mayo de 2019

(972) CONTROL VISUAL DE NIÑOS DESDE FUERA DEL PERIMETRO VALLADO DE PISCINA


[972] Control visual de niños desde fuera del perímetro vallado de piscina


En el SUA6, punto 1, apartado 1.1, se establecen las condiciones de las BARRERAS DE PROTECCIÓN, completadas con las condiciones constructivas en el apartado 3.2.3 de SUA1. 

En ningún caso se menciona nada sobre que dichas barreras deban permitir la vista del vaso de piscina desde el exterior de la barrera.

Se me consulta sobre el punto por una comunidad de vecinos, que teniendo vallado de malla metálica en el perímetro del vaso ha plantado un seto en todo el exterior del mismo, de manera que ahora el vaso de la piscina no es visible desde la pradera circundante a la piscina.

Parte de la comunidad alega que teniendo hijos menores es un peligro no tener controlado visualmente la zona que se pretende proteger de ahogamientos.

Respuesta
Que los elementos que conforme a SUA 6-1.1 deben limitar a los niños el acceso al vaso de una piscina permitan a los mayores controlarles visualmente desde fuera del perímetro vallado no es algo que corresponda regular reglamentariamente, sino que se debe resolver en base al sentido común y a la buena práctica, es decir, dentro del ámbito voluntario.

Para ello se debería tener en cuenta, sin necesidad de recurrir a ninguna reglamentación, lo que dicho sentido común indica que si el elemento delimitador que no permite dicho control visual, habrá que valorar la incomodidad de tener que llevarle a cabo desde el interior del perímetro vallado.

24 de Mayo de 2016

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.