lunes, 20 de mayo de 2019

(986) COMPARTIMENTACION DE ESCALERA Y PRESURIZACION



Tras varios casos de escaleras protegidas en industria (las escaleras ascendentes siempre tienen que ser protegidas en establecimientos de Tipo B y C) me surge una duda en la aplicación de CTE.

Se indica que:

1. En la planta de salida del edificio las escaleras protegidas o especialmente protegidas para evacuación ascendente pueden carecer de compartimentación.
2. El recinto cuenta con protección frente al humo.

¿Anula la primera condición de la seguridad? Por ejemplo, un sistema de presión diferencial ya no tendría sentido.

Respuesta
Leáse correctamente. La 2 sí es una condición, es decir, una exigencia, pero la 1 no. La 1 es una posibilidad (pueden carecer...) la cual obviamente no es posible cuando se opta por presurizar la escalera.


20 de mayo de 2016


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.