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martes, 2 de marzo de 2021

CREACION DE COLEGIO NACIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES

DECRETO de 2 de Marzo de 1944 por el que se crea el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales. (BOE 16 de marzo de 1944).

Los Colegios de Secretarios Judiciales creados por el Real Decreto de 1 de junio de 1911, si llenaron la finalidad que inspiró su establecimiento, no responden hoy a las exigencias que las transformaciones operadas en este ramo demandan, porque sus funciones son muy limitadas y, en realidad, carecen de contenido. Y como el Secretariado adquiere cada día importancia mayor, parece aconsejado –a la manera como se ha hecho en otras organizaciones- constituir una entidad en que, teniendo representación los funcionarios de las distintas categorías que integran el Cuerpo, esté capacitada para afrontar problemas generales de clase y sea portavoz de los intereses colectivos, con autoridad bastante.

En su virtud, previa deliberación del Consejo de Ministros y a propuesta del de Justicia, DISPONGO:

Art. 1. Se crea el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, en sustitución de los Colegios de las Audiencias Territoriales, que quedan suprimidos.

Art. 2. El Colegio Nacional se compondrá de un Presidente, un Secretario, un Tesorero, dos Consejeros designados de entre los Secretarios Judiciales de Madrid, uno de entre los de Barcelona, dos de categoría de término, dos de la de ascenso y dos de la entrada, nombrados todos ellos por el Ministerio de Justicia.

Art. 3. Una vez constituido el Colegio Nacional, procederá a redactar las normas a que ha de ajustarse su funcionamiento, que serán elevadas al Ministerio de Justicia para su examen y aprobación.

Art. 4. Quedan derogados los artículos 42 al 52 del Real Decreto de 1 de Junio de 1911, y el Decreto de 22 de Enero de 1935, en cuanto modifica el artículo 47 del Real Decreto primeramente citado.

Así los dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a 2 de Marzo de 1944.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Justicia. EDUARDO AUNOS PEREZ

jueves, 9 de abril de 2020

POLITÉCNICA Y CURSOS DE ADAPTACIÓN AL GRADO



9  de Mayo de 2013

POLITÉCNICA PREPARA CUATRO CURSOS
 DE ADAPTACIÓN AL GRADO

ACTUALIDAD. MALAGA. PILAR LEAL
Aún son pocos los centros que ofertan una alternativa para adaptar los antiguos estudios al Plan Bolonia, pero existe una gran demanda. Por ello, la Escuela Politécnica Superior de la UMA ofertará en el próximo año académico 2013/14 cuatro cursos de adaptación al grado (Graduado en Ingeniería Eléctrica, Graduado en Ingeniería Electrónica Industrial, Graduado en Ingeniería Mecánica y Graduado en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos), para que las antiguas titulaciones sean convalidadas por los nuevos títulos. Creo que la Universidad tiene un compromiso con sus antiguos alumnos de satisfacer esta necesidad, afirma Alejandro Rodríguez, director del centro.
Muchas reuniones han hecho falta para que este curso de adaptación se haga realidad. Nos hemos tenido que poner de acuerdo con todos los centros de Andalucía, explica Rodríguez. Para salvar los obstáculos, el temario se ha basado en la orden ministerial CIN/351/2009 que regula las atribuciones profesionales (actividades laborales que sólo puede desarrollar la persona de una titulación determinada) de estos ingenieros.
Para poder obtener el título, los ingenieros que se matriculen en este curso tendrán que superar 36 créditos que se impartirán de forma semipresencial, más un trabajo de fin de grado que tendrán  que exponer ante un tribunal. Hemos dispuesto las horas de clases los viernes por la tarde y sábados los viernes por la mañana, ya que estos estudios están orientados a profesionales y no queremos que interfiera en su horario laboral, comenta el director de la Politécnica.
Las plazas de estos estudios serán limitadas, solo se ofertarán alrededor de 30 plazas por cada especialidad. En el proceso de selección para acceder al curso se valorará la experiencia laboral y las notas del expediente académico de sus anteriores estudios.
Aunque la demanda es grande, no hemos podido poner más plazas porque se nos iban a juntar los trabajos de fin de grado del curso de adaptación con los que están acabando la carrera, aclara Rodríguez.
Nivel B1 de Idiomas
Además, los alumnos no deben olvidar que aún habiendo superado los créditos y el trabajo de fin de grado no obtendrán el título sin acreditar el nivel B1 de inglés, al igual que el resto de las carreras del Plan Bolonia. Tener el nivel B1 no es un requisito para matricularse, de la misma forma que no se pide para comenzar la carrera, afirma el director, que además comenta que lo decidieron de esta manera para que todos estuvieran en igualdad de condiciones.
Los cursos se han realizado debido a la demanda que existía. Me llamaban compañeros preguntándome cuándo íbamos a hacer algo para poder convalidar el título, comenta Rodríguez, y  añade que la mayoría utilizará esta titulación para optar a puestos superiores en su trabajo y presentarse a oposiciones. El director también explica que la Escuela Politécnica está preparando una campaña informativa que se llevará a cabo próximamente a través de los Colegios Oficiales de cada titulación.



martes, 7 de abril de 2020

SANITARIOS VERSUS PARASANITARIOS


DIFERENCIAS EN EL EJERCICIO DE LAS TERAPIAS NATURALES POR PERSONA SANITARIO Y POR PERSONA PARASANITARIO

No existe una norma jurídica que regule de una precisa forma y detallada el ejercicio de las terapias naturales.

Lo más próximo a una regulación es el Decreto del Gobierno de Cataluña 311/2007, 30 de enero de 2007, pero dicho intento quedó sin efecto, al entender el Tribunal Supremo que la Generalidad había invadido competencias estatales.

Desde el punto de vista fiscal y tributario, el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, considera a las Terapias Naturales, en su conjunto, como una actividad económica a la que se denomina parasanitaria, es decir, que posee semejanza con una actividad sanitaria, pero que no goza de esa naturaleza.

Ante la ausencia de regulación específica, es posible apreciar las diferencias existentes en el ejercicio de las Terapias Naturales por profesionales sanitarios y parasanitarios en los siguientes aspectos:

a)Desde el punto de vista fiscal o tributario, una de las diferencias que vamos a encontrar es la aplicación o no del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en los servicios prestados por personal sanitario y parasanitario.

b)En el registro de la actividad como sanitaria también se puede apreciar una diferencia importante. Así, en los casos en los que se trata de una actividad sanitaria, debe inscribirse en el Registro de Centros Sanitarios.

c)En la información proporcionada al cliente en el caso de las actividades sanitarias, la información tiene un contenido sanitario.
Sin embargo, los profesionales de las Terapias Naturales utilizan habitualmente una hoja informativa en la que informan los clientes de que se encuentran ante un profesional parasanitario y de técnicas naturales que se vayan a emplear.

d)Por último, en la terminología empleada los profesionales sanitarios habitualmente hacen uso de terminología sanitaria, en la que muestran con finalidad la curación y el diagnóstico.

Los profesionales parasanitarios, sin embargo, utilizan terminología NO sanitaria.
Un supuesto que resume perfectamente las diferencias entre una Terapia Natural y una técnica sanitaria es el de Fisioterapia y Osteopatía.

Desde hace unos años, los colegios profesionales de fisioterapeutas se han atribuido de forma excluyente el ejercicio de la Osteopatía, al considerar que la Orden CIN 2135/2008 atribuye el ejercicio de esta técnica a los fisioterapeutas.

Pues bien, la realidad es que tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo han resuelto expresamente que la citada Orden únicamente pretende fijar los conocimientos mínimos que deben adquirirse para alcanzar los 240 créditos europeos para consideración de grado, pero no establece las atribuciones profesionales de los fisioterapeutas.

En definitiva, el marco normativa regulador, vigente en la actualidad, es insuficiente, por lo que es necesario acometer la regulación de las Terapias Naturales para propiciar seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los profesionales que ejercen las Terapias Naturales.

Asociación Nacional de Profesionales y Autónomos de las Terapias Naturales. APTN-COFENAT Dpto. Jurídico. www.cofenat.es


viernes, 27 de marzo de 2020

COLEGIOS PROFESIONALES INVISIBLEMENTE NECESARIOS



Núm. 65. Septiembre de 2019

COLEGIOS PROFESIONALES INVISIBLEMENTE NECESARIOS

Se ocupan de velar por el cumplimiento de la ética y la deontología profesional de determinadas actividades, una función imprescindible que redunda de forma directa en la ciudadanía.
Los colegios profesionales son corporaciones que, en algunos casos, tienen hasta dos y tres siglos de historia en Málaga. Han ido evolucionando con el paso de los años y actualmente ejercen una labor un tanto desconocida para necesaria para consumidores y usuarios de los servicios que regulan con su actividad.
En Vida Económica damos respuesta a las principales dudas que surgen en torno a estas organizaciones con cinco preguntas (y sus respuestas), contando con la participación de cinco decanos que están al frente de algunos de los colegios profesionales que funcionan en la provincia. A día de hoy, alrededor de 30 colegios profesionales operan en la provincia (Abogados de Málaga, Agentes Comerciales de Málaga, Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Málaga, Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Málaga, Arquitectos de Málaga, Decoradores de Andalucía, Dentistas de Málaga, Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Málaga, Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Málaga, Farmacéuticos de Málaga, Gestores Administrativos de Málaga, Graduados Sociales de Málaga, Logopedas de Andalucía, Mediadores de Seguros de Málaga, Médicos de Málaga, Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga, Procuradores de los Tribunales de Antequera, Procuradores de los Tribunales de Málaga, Profesional de Economistas de Málaga y Territorial de Administradores de Fincas de Málaga).

¿Qué son?
Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público que se crean para una correcta ordenación del ejercicio de una determinada profesión. Estos han de velar en primera instancia por el adecuado cumplimiento de una actividad. De esta función principal se deriva la protección de los intereses de los usuarios y consumidores de los servicios que prestan los colegiados.

¿Cuántos colegios profesionales hay en Málaga?
Al cierre de esta edición, los datos a los que ha tenido acceso la redacción señalan la existencia de en torno a 30 colegios profesionales. Entre estos figuran desde corporaciones con una importante trayectoria y representatividad en la sociedad malagueña (caso del Colegio Oficial de Abogados de Málaga, del Colegio Oficial de Farmacéuticos o del Colegio Oficial de Médicos) hasta otros de más reciente creación (Colegio de Periodistas de Andalucía en Málaga o el Colegio Oficial de Decoradores de Andalucía, con sede en Málaga). La Junta de Andalucía gestiona un registro oficial donde han de inscribirse todos y cada uno de estos organismos, previa creación acordada por ley en el Parlamento andaluz.

¿Es obligatorio colegiarse?
La obligatoriedad de una colegiatura para ejercer profesionalmente sólo es exigible si así se recoge en una ley estatal. Si la profesión se organiza por colegios territoriales, solo será necesaria la incorporación a uno de ellos.
En la provincia de Málaga son mayoritarios los casos de colegiación obligatoria, como ocurre con abogados, farmacéuticos, trabajadores y asistentes sociales, gestores administrativos y profesionales sanitarios.
Estos últimos en concreto se agrupan desde 2013 en la Unión Profesional Sanitaria de Málaga (UPROSAMA), formada por 11 profesiones sanitarias colegiadas. Francisco Florido, presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Málaga, señala que el objetivo es dar seguridad jurídica a usuarios y pacientes que acuden a farmacias o a cualquier sitio en el que haya un farmacéutico trabajando. Velamos siempre por el respecto y la buena praxis de la deontología profesional.
Los objetivos de las corporaciones que no exigen la colegiación para que los titulados ejerzan su actividad es similar, pero Rafael Salas, presidente del Colegio de Periodistas de Andalucía en Málaga, añade un aspecto fundamental, va más allá. Es importante que haya una unión entre profesionales del gremio para ser más fuertes frente a empresas e instituciones  y defender el derecho a una información veraz y contrastada que es clave, pues al final es de donde se genera la opinión pública, apunta. Los periodistas que forman parte de la Asociación de la Prensa de Málaga y/o los colegiados de este sector cuentan con interesantes prestaciones, desde seguros médicos y el acceso a servicios jurídicos y asesoramiento hasta el hecho de poder disfrutar de una sede de 350 metros cuadrados en pleno centro de Málaga, continúa Salas. Preguntado sobre la necesidad de que la colegiatura sea obligatoria para todos los licenciados, el actual presidente del Colegio de Periodistas de Andalucía en Málaga lo tiene claro (sí debiera serlo) aunque no cree que llegue el día en el que así sea. Están eliminando esa obligatoriedad en otros ámbitos, por lo que las perspectivas no permiten formular expectativas en positivo.

¿Cuál es la auténtica función de un colegio profesional?
Daniel Quijada, presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga, simplifica de manera rotunda cuál es (o debería ser) la última misión de estas corporaciones: La clave está en la salvaguarda de los ciudadanos que recurren a determinados servicios. ¿De qué manera se consigue? Poniendo en marcha una serie de mecanismos que pretenden garantizar en gran medida los derechos y satisfacer las necesidades de usuarios y consumidores. Para ello están las exigencias inherentes a cualquier colegiatura, como es el obtener la titulación pertinente para desarrollar una determinada actividad profesional, los seguros de responsabilidad civil y otras funciones importantes que pretenden garantizar el buen ejercicio de los profesionales (formación continua, gestión de quejas y/o reclamaciones, lucha contra el intrusismo, etc.).
Como se desprende de todo ello, los colegiados son los otros grandes beneficiarios. ¿En qué sentido? Pues contando con el respaldo de organizaciones que lo protegen e impulsan. En líneas generales, los colegios suelen incluir entre sus servicios a profesionales desde asesoramiento a cursos de reciclaje profesional, se ocupan de difundir propuestas laborales y en algunos casos incluso tienen su propia bolsa de empleo.

¿Cuánto cuesta colegiarse?
Probablemente esta sea una de las grandes preguntas que ronda la mente de lector. Los costes de formar parte de un colegio profesional distan mucho de unas a otras organizaciones. En el Colegio Profesional de Trabajo Social de Málaga nos comentan que la tarifa es de 152 euros anuales que en abonan en seis recibos. Los de nueva colegiación, durante el primer año, solo han de abonar 101 euros, señalan a Vida Económica desde la organización. El alta es también diferente según si están en desempleo (30 euros) o son trabajadores sociales en activo (60 euros).
El Colegio de Abogado de Málaga es otro ejemplo a tener en cuenta. En este se diferencia entre ejercientes con menos de tres años de ejercicio de primera incorporación, que abonan 62,12 euros por trimestre, y ejercientes con más de tres años de ejercicio, 107,18 euros. Para los calificados como no ejercientes, el coste es de 80,38 euros. En los tres casos, en paralelo hay que sumar las primas de seguros de responsabilidad civil, por incapacidad profesional transitoria y las cuotas que han de pagarse por pertenencia al Consejo Andaluz o al Consejo General de la Abogacía.
Las cuotas colegiales están reguladas, al menos en cierta medida, por la ley de colegios profesionales, que no permite que las mensualidades superen los 240 euros mensuales.

Colegio Profesional
Cuota Anual
Colegio Profesional de Trabajo  Social de Málaga
152,00 €
Colegio Profesional de Trabajo Social de Málaga 1er. Año
101,00 €
Colegio Profesional de Trabajo Social de Málaga Alta Desempleo
30,00 €
Colegio Profesional de Trabajo Social de Málaga Alta Activo
60,00 €
Colegio de Abogados de Málaga Ejercientes <3 años 1ª incorp.
248,48 €
Colegio de Abogados de Málaga Ejercientes >3 años
428,72 €
Colegio de Abogados de Málaga No ejercientes
321,52 €
Cuota colegiado máxima por Ley de Colegios Profesionales
2.880,00 €

La obligatoriedad de la colegiación profesional. La gran asignatura pendiente.
Han sido ya varias la modificación que ha experimentado la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales. En el año 2004, con Luis de Guindos al frente del Ministerio de Economía y Competitividad, se materializaron varios cambios, limitándose las profesionales de colegiación obligatoria. Esa obligatoriedad lleva décadas puestas en entredicho, debatiéndose entre los sectores que defiende la libertad de ejercicio sin necesidad de pertenecer a ningún tipo de corporación y quienes abogan por generalizar la exigencia de que todo profesional forme parte de su respectivo colegio profesional.
Francisco Javier Lara, presidente de Unión Profesional Málaga (UPM), colectivo que aglutina a una treintena de organizaciones colegiales que representa a alrededor de 45.000 profesionales de la provincia, explica a Vida Económica el porqué considera imprescindible que sea obligatoria la colegiatura en todos los ámbitos y a todos los niveles. Desde estas instituciones realizamos una labor importantísima de cara a la ciudadanía. La Administración no puede llegar a todas partes, le es imposible ejercer un control total (deontológico, disciplinario, corrector…) y los colegios hacemos esa labor a coste cero para el erario público, sentencia el también decano del Colegio Oficial de Abogados de Málaga.
La UPM se reúne periódicamente para tratar cuestiones relacionadas con la correcta actividad y el buen desarrollo de las funciones de estas organizaciones y sigue manifestándose ante la Administración en los casos en los que esta no se ha impuesto aún. Es importante tomar conciencia de que los beneficiados no son única y exclusivamente los profesionales. El gran beneficiado es el ciudadano de a pie, pues ejercemos unas funciones de manera gratuita que es importante cubrir y que la Administración no puede asumir a día de hoy, concluye Lara.

Daniel Quijada, Presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga
La obligatoriedad de pertenecer al colegio profesional que corresponda es fundamental y debería ser algo extensible al resto de corporaciones de este tipo. La colegiatura permite llevar un control del ejercicio de una determinada actividad y permite salvaguardar los derechos al cliente y de los propios profesionales.

Francisco Florido, Presidente del Colegio Oficial de Farmacéutico de Málaga
Los colegios profesionales no desarrollamos la labor de inspección para sí estamos abiertos y alerta para detectar cualquier situación o caso de mala praxis profesional. Llegado el caso, se inicia un expediente para investigar el caso y proceder a la sanción si se considerara pertinente.

Francisco Javier Lara, Decano del Colegio Oficial de Abogados de Málaga
La formación es fundamental para el correcto ejercicio de la profesión. En el colegio consideramos primordial que los abogados en activo estén en continua formación para prestar el servicio que requiere la ciudadanía.

José Zayas, Decano del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga
Jura a finales de julio de 2019 la toma de posesión como presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales (CAGITI) que representa a los más de 14.000 profesionales dedicados a la Ingeniería Industrial en Andalucía.

jueves, 26 de diciembre de 2019

EXCLUSIVIDAD DE SER ADMINISTRADOR DE FINCAS



23 de Noviembre de 2001

Una sentencia retira a los Administradores colegiados la exclusividad de gestionar fincas

Los expertos técnicos inmobiliarios (ETI) tienen cualificación profesional suficiente para administrar comunidades de propietarios, según una sentencia dictada por el Juzgado número 4 de Primera Instancia de Fuengirola (Málaga).

RICARDO GÓMEZ
La sentencia es el resultado de la demanda interpuesta por el Colegio de Administradores de Fincas Urbanas de Málaga contra el nombramiento por una comunidad de propietarios de un administrador no colegiado, que carecía del título de administrador de fincas, demanda que ha sido desestimada.
El administrador demandado ostenta el título de experto técnico inmobiliario (ETI) y es miembro de la Asociación Profesional Expertos Técnicos Inmobiliarios (APETI), reconocida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El juez considera que esta titulación es suficiente y faculta al demandado para ejercer como administrador.
La sentencia se fundamenta en el artículo 13.6 de la Ley de Propiedad Horizontal, que establece que el cargo de administrador de fincas podrá ser ejercido por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones, pero sin que se exija una titulación específica para el ejercicio de dicha función, que también podría ser ejercida por el mismo presidente o por cualquiera de los propietarios.
Los colegios profesionales de administradores de fincas defienden, por contra, que es precisamente la colegiación la que otorga ese reconocimiento legal al que hace referencia la Ley de Propiedad Horizontal.

lunes, 9 de diciembre de 2019

TITULARES MERCANTILES. FIGURA DEL ASESOR FISCAL



VIDAECONOMICA. LA REVISTA EMPRESARIAL DE MALAGA
Núm. 56 Octubre de 2018

ACTUALIDAD
LOS TITULARES MERCANTILES REIVINDICAN LA IMPORTANCIA DE LA FIGURA DEL ASESOR FISCAL
Uno de los principales objetivos que ha perseguido el Colegio de Titulares Mercantiles de Málaga en las Jornadas Andaluzas de Estudios Fiscales de 2018 es el análisis de la figura del asesor fiscal. Por ello, durante los tres días en los que transcurrieron las jornadas (del 27 al 29 de septiembre de 2018), se organizaron distintas ponencias, llevadas a cabo por grandes profesionales del sector como académicos, antiguos miembros del Tribunal Supremo y profesionales independientes relacionados directamente con el mundo jurídico.
La inauguración tuvo lugar en el Salón de Actos de Unicaja con la presencia del presidente del Colegio de Titulares, Aurelio Gurrea Chalé y el alcalde de Málaga Francisco de la Torre, que quiso dar la enhorabuena al Colegio por llevar a cabo unas jornadas tan prestigiosas y que perduran tanto en el tiempo.